ALERTA: El 3 de octubre de 2018, en Ramos, et al v. Nielsen, et al., No. 18-cv-01554 (ND Cal. 3 de oct. de 2018) (PDF, 458 KB), la Corte Federal de Distrito del Distrito Norte de California prohibió a DHS implementar y hacer cumplir las decisiones de cancelar el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador, en espera de la resolución posterior del caso.

Para obtener información adicional, consulte la notificación del Registro Federal (FRN, por sus siglas en inglés) publicada el 1 de marzo de 2019, las páginas específicas de los países que tienen TPS, disponibles en el sitio web de USCIS, y la página Actualización sobre Ramos v. Nielsen.

TPS continuará hasta: Mientras el mandato preliminar emitido por la Corte en Ramos, et al v. Nielsen, et al., No. 18-cv-01554 (N.D. Cal. Oct. 3, 2018) permanece en vigor.
Período de Reinscripción para Personas que ya Tienen TPS:

Los beneficiarios actuales bajo la designación de TPS de El Salvador no tienen que reinscribirse para mantener su TPS, siempre que se hayan reinscrito apropiadamente al TPS durante los siguientes periodos de reinscripción para El Salvador:

18 de enero de 2018 – 19 de marzo de 2018

8 de julio de 2016 – 6 de septiembre de 2016

Documento de Autorización de Empleo extendido Automáticamente hasta: 2 de enero de 2020
Residencia Continua en EE.UU. desde: 13 de febrero de  2001
Presencia Física Continua en EE.UU. desde: 9 de marzo de  2001
Fecha de Designación de TPS: 9 de marzo de  2001
Notificación en el Registro Federal:

83 FR 2654

83 FR 54764

84 FR 7103


Leer Más En: https://www.uscis.gov/es/tps-ElSalvador